En prevención de delitos y/o contravenciones se llevaron a cabo varios procedimientos; arrojando el  secuestro preventivo de garrafas, pantallas solares y elementos varios; armas de fuego; especies ictícolas; como así también varios Infractores.

SECCION Nº 20 CIGUEÑA:  A raíz de denuncia de fecha 31/05/2018 de la faltante de mercaderias varias; (01) calentador pequeño; (02) pantallas solares; (01) impresora; (01) aire acondicionado; (01) horno electrico; (03) garrafas de 10 Kgs.; (02) garrafas de 15 kgs, prendas de vestir.; en la fecha personal de ésa, constituidos en el fundo rural propiedad de Sr.M, ubicado en zona rural de Fortín Charrua Dsto. Fortón Olmos, luego de ser convocados por personal de la Sección Nº 32 – El Guanagan, donde tras realizar allanamiento enconstrarondo elementos de similares características a los denunciados como faltante del C.E.R Nº 457, por la docente , seguidamente previa autorización del Sr. G.se procede al secuestro preventivo de las garrafas discriminadas en siete (07) de 15 kgs. (02) de 10 kgs. y (01) de 3 kgs. y un (01) calentador, trasladando todos los elementos hasta ésa sección. Se prosiguen diligencias. Interviene UFI Tostado.-

SECCION Nº 32 El GUANAGAN: Tras denuncia de fecha 10/04/2015; en la fecha de diligencias investigativas relacionadas a los presentes actuados en un trabajo en conjunto con Div. Investigaciones DGSR «Los Pumas», donde dentro de un predio rural propiedad de M.,se observó una estructura de hierro sosteniendo una considerable cantidad de pantallas solares de gran porte, interiorizado Magistratura inteviniente dispuso Orden de Allanamiento para dicho predio, donde fueron atendidos por el ciudadano Sr. G. mayor de edad, procediéndose al secuestro preventivo de (15) pantallas solares y soportes respectivos marca Solartec «Propiedad del ministerio de Educación y Cultura de la Pcia. de Santa Fe  – (01) cable envainado de color celeste de 10 metros de longitud – (01) rifle, cal. 22,  (01) fusil, cal. 5.56×45 mm, (01) pistola, cal.22, marca, con cargador y pistolera de cuero – (01) fusil, cal.308, – (48) cart. cal.12/70 – (05) cart. cal.22 – (57) cart. cal. 223 – (10) cart. cal. 7.62×5 – (44) cart. cal. 308;  de documental que respalde propiedad y procedencia de las mismas; nuevamente consultado con magistratura a quien se la interiorizó del resultado positivo de la medida dispuso que en relación a las pantallas solares secuestradas y elementos se proceda a la individualización de sus respectivos establecimientos educativos y sean entregadas en forma definitiva. Se prosiguen diligencias. Interviene UFI Vera-

DESTACAMENTO ARROYO LEYES: Se confeccionó Acta de Infracción a Pcial. Nº 12.212; a dos Srs. mayores de edad, quienes realizaban dicha actividad sin la correspondiente licencia habilitante, transportando exceso de piezas; procediéndose al Decomiso de (1320) sábalos; (320) tarangos, siendo luego Desnaturalizadas. Interviene S.R.H.F y M. (Of. Caza y Pesca)- Santa Fe.-

 

 

 

SECCION Nº 26 RECONQUISTA: Se decepcionó para prosecución Acta de procedimiento labrada por personal de la DGPSV- Unidad Operativa Regional I Reconquista; donde se interceptó la circulación de un camión con acoplado transportando la cantidad de 13.120 kgs soja; constatándose al exhibir conductor la Carta de Porte que poseía el CTG inactivo; consecuentemente se procedió al traslado del mencionado a Dependencia, donde fué notificado por cuerda separada por Infracción Art. 128 inc B) de la Ley Pcial. Nº 10.703 CF e Infracción Art. 246 del CPA, por identificarse el nombrado como funcionario público, manifestando con evasivas ser Policía de la Pcia. exhibiendo Credencial Policial vencida de fecha 31/12/14 en el grado de Agente de Seguridad escalafón General, habiendo cesado en su función; seguidamente respecto del cereal le fué entregado en carácter de Depositario Judicial. Interviene Juzgado de Faltas y U.F.I.- Reconquista.-

SECCIONº 5 SUNCHALES: Cumplimentando Orden Operacional DOP DGSR Nº 331/18 impartida por la superioridad, se confeccionó dos (02) Actas de Infracción Art. 128 inc. B Ley Pcial. nº 10703, a dos Srs. mayores de edad, quienes se conducían en sus respectivos rodados transportando (13.000) Kgs. Soja a granel, sin correspondiente documentación. Interviene Juzgado Faltas – Sunchales.-

SECCION Nº 9 VILLA OCAMPO: Cumplimentando Orden Operacional DOP DGSR Nº 331/18 impartida por la superioridad, se confeccionó Acta de infracción a la ley Pcial. nº 12212 y 12.722; a Sr. mayor de edad, quien realizaba dicha actividad sin la correspondiente licencia habilitante, por transportaba especies prohibidas, decomisándosele; (02) dorados y posteriormente desnaturalizadas. Interviene la S.R.H.F. y M. (Of. de Caza y Pesca)- Santa Fe.-

SECCION Nº 25 RUFINO: Raíz patrullaje preventivo por ésa jurisdicción se observó (01) camión Mercedes Benz, color blanco – (02) cedulas de identificación del vehiculo – (02) cartas de Porte.-, mismo se encontraba con los vidrios de las puertas abiertos y sin persona alguna, procediéndose al secuestro preventivo, seguidamente de tareas investigativas se tomo conocimiento que el vehículo fue sustraído de la Pcia. de La Pampa, en horas de la madrugada, siendo víctima del ilicito el Sr. Pablo Matías M.. Se prosiguen diligencias. Interviene UFI – Rufino.–

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