Foto de archivo. (Reuters/Jon Nazca)
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La pérdida de poder territorial del PSOE en las elecciones municipales y autonómicas del pasado 28 de mayo, obligaron al presidente del Gobierno a disolver las Cortes Generales y convocar elecciones para el próximo 23 de julio. Una fecha nada habitual para la celebración de comicios, pero completamente posible, por lo que, contra todo pronóstico, dentro de unas semanas, por primera vez en democracia, se celebrarán elecciones generales en plena época estival.

Esta fecha tan poco habitual para los comicios ha despertado algunas preocupaciones entre los ciudadanos que ven posible la opción de tener que formar parte de las mesas elecctorales en los centros de votación. Debido a la fecha tan poco habitual en la que en caído las elecciones, la Junta Electoral Central ha determinado que aquellos ciudadanos que huibieran contratado algún viaje antes del pasado 30 de mayo, estarán exentos de cumplir con la obligación de formar parte de las mesas de votación.

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A pesar de que el órgano regulador de las elecciones contemple esta posibilidad de forma excepcional debido a las circunstancias, todos los ciudadanos, una vez quede comunicada la elección por sorteo, tienen siete días para presentar alegaciones e intentar que les concedan el indulto. No obstante, en caso de que no se les exima, puesto que no han presentado la documentación necesaria o su causa no sea justificada, deberán presentarse el día de los comicios en el centro de votación, de lo contrario, la Junta Electoral Central dará parte a la Fiscalía que comenzará las diligencias para el procesamiento de los infractores.

Con este escenario, es imprescindible conocer cuando se realiza el sorteo, cuando se notifica a los seleccionados su posición en la mesa y cuales son los plazos para alegar e intentar, si procede, no tener que comparecer el día de los comicios.

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¿Cuándo se notificarán los resultado del sorteo?

El sorteo para decidir qué ciudadanos serán los presidentes y vocales de cada mesa de votación se realizará entre los días 24 de junio y 28. Tal y como indica la ley, el sorteo debe realizarse “entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria”, por lo que esas son las fechas quedaron ya fijadas desde el pasado 29 de mayo, cuando el presidente del Gobierno, comunicó a los ciudadanos la convocatoria electoral. Además, el texto normativo también establece que “la designación como Presidente y Vocal de las Mesas electorales debe ser notificada a los interesados en el plazo de tres días”, por lo que los ciudadanos elegidos para desempeñar esta tarea deberán ser notificados, como tarde, el próximo 1 de julio, aunque generalmente la comunicación de los resultados suele producirse antes.

Según recoge la ley, los elegidos para llevar a cabo esta tarea, disponen de un plazo de siete días una vez hayan recibido la comunicación, para presentar las alegaciones oportunas. La Junta Electral Central deberá resolver las alegaciones presentadas en un plazo de cinco días.

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