Un hombre mayor se toma la tensión (Shutterstock)
Un hombre mayor se toma la tensión (Shutterstock)

La pensión por incapacidad permanente es una prestación concedida por la Seguridad Social a trabajadores cuya capacidad laboral se ha visto limitada o anulada debido a un accidente de trabajo, lesión o enfermedad. Dependiendo del grado de incapacidad, es posible compatibilizar esta pensión con un empleo, lo que permite seguir generando cotizaciones para situaciones de desempleo. Así, en caso de que una persona esté recibiendo esta prestación y además se encuentre en paro, también tiene la opción de recibir otras ayudas, una de ellas es el subsidio para mayores de 52.

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años es una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) destinada a personas mayores de esta edad que han agotado la prestación contributiva por desempleo. Esta ayuda se percibe hasta encontrar empleo o alcanzar la edad de jubilación. El subsidio, cuya cuantía es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalente a 480 euros actualmente, cotiza para la pensión de jubilación por el 125% de la base mínima vigente. Ahora bien, para poder compatibilizar esta prestación con la ayuda por incapacidad permanente es importante cumplir con una serie de requisitos.

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Qué requisitos hay para cobrar la prestación y el subsidio a la vez

A nivel general, existe la posibilidad de compatibilizar una pensión por incapacidad permanente total con el subsidio para mayores de 52 años. Esto se debe a que el paro puede cobrarse simultáneamente con dicha prestación para la profesión habitual, estos son los requisitos que se piden:

  • Para compatibilizar ambos subsidios, es necesario cumplir con las condiciones que dan derecho tanto a la pensión por incapacidad permanente total como al subsidio. Esto implica estar en situación legal de desempleo, haber agotado la prestación contributiva correspondiente y, en caso de no tener derecho al paro, haber cotizado al menos 90 días.
  • Además, es necesario tener unas rentas por debajo del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que equivale a 850,5 euros mensuales.
  • Por último, es necesario cumplir con los requisitos para acceder a la pensión de jubilación, lo que implica haber cotizado al menos 15 años, de los cuales seis deben pertenecer al Régimen General de la Seguridad Social y dos deben estar dentro de los últimos 15 años anteriores a la solicitud del subsidio.
Todos los autónomos que se dieron de alta el pasado año tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta 2023-2024. (Carlos Luján - Europa Press)
Todos los autónomos que se dieron de alta el pasado año tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta 2023-2024. (Carlos Luján – Europa Press) (Carlos Luján – Europa Press/)

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Ahora bien, a pesar de que el SEPE y la Seguridad Social permiten recibir ambas ayudas, realmente esta es una situación complicada, ya que entre las cuantías mínimas y las rentas del subsidio hay poco margen de ingresos. Lo mismo ocurre con otros subsidios, que no serán compatibles a menos que se generen derechos y se cumplan los requisitos. En el caso de la Renta Activa de Inserción, el SEPE especifica que no es compatible, puesto que esta ayuda está destinada a personas económicamente vulnerables.

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