El dólar solidario se paga a 660 pesos.
El dólar solidario se paga a 660 pesos.

El primer día hábil de septiembre se renovó el cupo que establece la AFIP para comprar hasta USD 200 al valor oficial en bancos, con el recargo impositivo del 75 por ciento, el dólar ahorro. Para acceder a los billetes hay que estar autorizado para operar al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). El ahorrista puede ingresar a su home banking en horario bancario (de lunes a viernes, de 10 a 15) para adquirir la moneda estadounidense.

Sin embargo, no todos están habilitados para acceder a esa divisa conocida como “dólar ahorro” o “dólar solidario”. De hecho, en los últimos meses el Gobierno endureció aún más el “cepo”, ya restringido con un cupo máximo de USD 200 mensual desde el 28 de octubre de 2019. En ese sentido, en julio pasado aumentó la presión impositiva sobre este tipo de cambio al subir el recargo de la percepción a cuenta de Ganancias al 45 por ciento.

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La última traba para comprar dólares se aplicó en la última semana de agosto, y alcanza a aquellos quienes reciban la suma fija de $60.000 para empleados con salarios de hasta $400.000 que anunció el ministro de Economía, Sergio Massa. Esos particulares no podrán acceder a la compra de dólar oficial, tal como adelantó la ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, quien sostuvo en declaraciones radiales que “efectivamente lo que no queremos es que esto vaya a la brecha, lo que deseamos es que vaya al consumo”.

¿Cuáles son los requisitos para comprar dólar ahorro?

Hay un requisito que es muy importante a la hora de saber si uno podrá o no comprar dólar ahorro y es saber cuál es el ingreso mensual. Para poder adquirir divisas a valor oficial, el ahorrista deberá ganar en mano al menos dos salarios mínimos, es decir, unos 236.000 pesos.

El Consejo del Salario aprobó en julio un aumento del salario mínimo, vital y móvil del 34% a pagar en tres tramos. De esta manera, se elevará el ingreso a $105.500 en julio, a $112.500 el agosto y a $118.000 en septiembre. Por el aumento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) es que muchas personas quedaron fuera de esta posibilidad de compra. Pero este si bien es el principal requisito, o mejor dicho el requisito inicial, a la hora de evaluar si uno podrá o no comprar dólar para atesoramiento, no es el único.

Hasta ahora, los trabajadores del sector público podían comprar dólar ahorro, a excepción de los funcionarios de alto rango. Lo mismo sucedía con los empleados del sector privado que no recibieron ayuda estatal a través de los programas ATP o IFE.

El acceso a dólares para atesoramiento está sujeto a múltiples trabas (EFE)
El acceso a dólares para atesoramiento está sujeto a múltiples trabas (EFE)
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En el presente existen 15 restricciones que impiden a los ahorristas acceder a esta variante del dólar. Cada vez menos argentinos pueden acceder a este tipo de cambio, por los reiterados endurecimientos del cepo: en enero pasado, solo 727.000 ahorristas compraron divisas estadounidenses a través del home banking o en una casa de cambio oficial, según el último informe de Evolución del Mercado de Cambios y Balance Cambiario, que publicó el Banco Central (BCRA). En tanto, en agosto de 2020, el pico fue de cuatro millones de compradores.

¿Qué es el dólar ahorro?

En este sentido, para conocer el valor del dólar ahorro, al dólar oficial minorista se le debe agregar un 30% correspondiente al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), vigente desde el 26 de diciembre de 2019, y otro 45% a cuenta de Ganancias. Esto promedia unos $660,11 en los bancos. Inicialmente, la percepción a cuenta de Ganancias fue del 35% desde que se publicó en el Boletín oficial el 16 de septiembre de 2020, ampliado a 45% a partir del 24 de julio.

¿Quiénes no pueden comprar dólar ahorro?

  • Los que hayan adquirido dólar “Bolsa” (MEP) o “contado con liquidación” (Cable) en los 90 días anteriores.
  • Los argentinos que operaron Cedears, Obligaciones Negociables o criptomonedas en los 90 días anteriores.
  • Beneficiarios de un plan o programa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
  • Trabajadores en relación de dependencia que hayan recibido parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) o REPRO.
  • Personas sin ingresos declarados o “consistentes”.
  • Cotitulares de cuentas bancarias.
  • Quienes ya utilizaron la totalidad de su cupo (USD 200 mensuales) a través de compras con tarjeta de crédito o débito.
  • Quienes hayan refinanciado algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses.
  • Monotributistas que hayan tramitado los créditos a tasa cero.
  • Los titulares de créditos UVA que accedieron al congelamiento de las cuotas durante la pandemia.
  • Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24 por ciento.
  • Quienes tengan subsidios en las tarifas de luz, agua y gas.
  • Empresas que liquidaron dólar soja.
  • Quienes se acojan a la nueva moratoria previsional.
  • Jubilados y pensionados que accedan a los nuevos créditos previsionales de la Anses.

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